Despido Nulo y Garantía de Indemnidad
¿QUÉ ES LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD?
La garantía de indemnidad es un principio que protege a los trabajadores que ejercen sus derechos frente a posibles represalias de sus empleadores. Se trata de una manifestación del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española, que garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva, y en el artículo 4.2.g del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce el derecho de los trabajadores a no ser discriminados por razón de su actuación sindical o por el ejercicio de acciones administrativas o judiciales. Además, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo han desarrollado una amplia jurisprudencia sobre la garantía de indemnidad, estableciendo los criterios para determinar cuándo se produce una vulneración de este derecho y las consecuencias que se derivan de ello.
¿QUÉ SIGNIFICA LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD?
La garantía de indemnidad significa que el trabajador no puede ser perjudicado por el hecho de reclamar a la empresa por la vulneración de sus derechos sus derechos laborales, o por participar como testigo en un proceso judicial de otro compañero, o ni siquiera por el hecho de haber anunciado su intención de reclamar. Por ejemplo, si un trabajador demanda a su empresa por impago de salarios, no puede ser despedido, sancionado, trasladado o modificado en sus condiciones de trabajo por esa razón. Además, también implica que el empleador debe respetar la libertad y la dignidad de los trabajadores que reclaman sus derechos, y no puede adoptar medidas que supongan una represalia o una desventaja para ellos.
Para determinar si la garantía de indemnidad debe de proteger al trabajador, se debe analizar si existe una relación de causalidad entre el ejercicio del derecho, o la reclamación del mismo, y la medida adoptada por el empleador, es decir, si la medida se ha tomado como consecuencia directa del ejercicio del derecho. También se debe valorar si la medida es proporcionada y razonable, o si por el contrario es arbitraria o discriminatoria.
¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE LA VULNERACIÓN DE LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD?
Si se demuestra que la empresa ha adoptado una medida perjudicial para el trabajador como consecuencia de haber ejercido sus derechos, se considera que hay una vulneración de la garantía de indemnidad y, por tanto, un despido nulo o una sanción injustificada. En ese caso, el trabajador tiene derecho a ser repuesto en su situación anterior, a percibir los salarios dejados de cobrar y a ser indemnizado por los daños y perjuicios causados.
¿CÓMO SE PRUEBA LA VULNERACIÓN DE LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD?
No es necesario que exista una prueba directa o explícita de la relación entre el ejercicio de los derechos y la medida perjudicial. Basta con que haya una presunción razonable basada en indicios, como la proximidad temporal entre ambos hechos, la ausencia de motivos objetivos para la decisión empresarial o la existencia de un clima conflictivo entre las partes.
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David Tierno García
Abogado
Col. No. 3072 Colegio de la Abogacía de Córdoba.
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